13. Curso acelerado sobre Propieda Industrial: Marcas Prohibiciones absolutas

Las prohibiciones absolutas son las líneas rojas que la ley marca a la hora de registrar un nombre o un logotipo.

Su objetivo básico es proteger el mercado: impiden que una sola empresa se apropie de palabras o elementos comunes que todos los competidores tienen derecho a usar.

Cuando solicitas una marca española o de la Unión Europea se comprueban estos puntos de forma automática y si la marca incurre en cualquiera de ellos, la deniegan directamente. Además, si una marca de este tipo se aprobará por error, cualquiera podría declarar su nulidad en el futuro, ya que el derecho a pedir su nulidad no prescribe.

Los motivos principales por los que se rechaza una marca bajo este criterio son:

  • Que no distinga nada: Son nombres tan genéricos que no sirven para diferenciar tu negocio de los demás. Por ejemplo la palabra "coche" si te dedicas a fabricar coches, la palabra "Zapato" para una tienda de calzado o la palabra "Software" para una empresa tecnológica.
  • Que sea puramente descriptiva: No puedes registrar términos que solo expliquen cómo es el producto, su origen o su calidad. Por ejemplo, llamar "Bebida refrescante" a un refresco, "Muy Picante" para una salsa, "100% Eléctrico" para un coche o "Económico" para una gestoría.
  • Que use el lenguaje común del sector: Palabras que, por el uso diario, ya se han convertido en el estándar de una industria. Pasarías si intentas registrar el término "Móvil" para dar servicios de telefonía, "Streaming" para una plataforma de vídeo o "Gamer" para accesorios de ordenador.
  • Que la forma venga impuesta por el producto: No se pueden registrar formas geométricas básicas o diseños técnicos que respondan estrictamente a la utilidad del objeto; son formas puramente técnicas o necesarias para que el objeto funcione como el diseño estándar de un enchufe o un tornillo, como la forma cilíndrica de una lata de refresco estándar o el diseño hexagonal de una llave Allen..
  • Que engañe al consumidor: Nombres o logos que confundan al cliente sobre lo que realmente está comprando. Por ejemplo, utilizar la palabra "Seda" o "Cuero" para vender artículos que son 100% de plástico, Llamar "Lácteos del Norte" a una gama de yogures que son totalmente vegetales y no llevan leche, "Oro de Toledo" a unas joyas que son de bisutería barata.
  • Que vaya contra la ley o la moral: un logotipo que incluya insultos graves, proclamas racistas o imágenes explícitas que inciten a cometer delitos.
  • Que utilice símbolos oficiales: Banderas, escudos, emblemas nacionales o logotipos de organismos internacionales (como el de la Cruz Roja) si no cuenta con un permiso explícito y oficial para hacerlo.

 

Tomás Andrade.

LEHMANN & FERNÁNDEZ

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